Los refuelling autorizados. La Federación de Automovilismo ha modificado el Reglamento Deportivo.
24/04/2007, Ourense
Tras las dificultades observadas por parte de los equipos para los repostajes con un suministro de garantías en las gasolineras en las pruebas de Guijuelo y Lanzarote, la Real Federación Española de Automovilismo, junto con Octagon y RACE, han trabajado en la búsqueda de soluciones que finalmente han fructificado de forma positiva.
La Federación ha emitido la circular 23/2007 en la que se da a conocer la modificación en el Reglamento Deportivo del Campeoanato de España de Rallyes de Tierra en su artículo 26.4. En él se contempla ahora la posiblidad de realizar nuevamente repostajes (refuelling) en una zona delimitada para tal efecto en los parques de asistencia.
La redacción completa del artículo mencionado queda así.
Art. 26.4- Repostajes (Refuelling)
26.4.1. En los P.A. el repostaje debe realizarse delimitando una zona para el mismo, después del C.H. de salida de la misma, debiendo darse un suplemento de 7 minutos para el Sector de que se trate.
Se recomienda establecer un doble vallado (con una separación de 2 m entre ambos) para delimitar la zona de repostaje, con objeto de evitar problemas de seguridad con el público que se acerque a la misma.
26.4.2.
- En el momento del repostaje es obligatorio:
La presencia de, al menos, 1 vehículo de bomberos con personal y medios adecuados para
solventar cualquier incidencia.
Alejar a los fumadores.
Repostar el vehículo con el motor parado.
No realizar otra operación sobre el vehículo en dicho momento.
Si los miembros del equipo están en el interior del vehículo, deberán tener los cinturones de
seguridad desabrochados.
- Excepto en los vehículos que tienen prevista una toma de presión para el repostaje, éste deberá
llevarse a cabo por gravedad, para lo que se recomienda la utilización de bidones de repostaje según
normas FIA provistos de acoplamientos estancos y respiraderos. En cualquier caso, la capacidad de
los bidones de repostaje queda limitada a 25 litros. Si el bidón está elevado por encima del suelo, en
ningún caso el nivel de reserva de carburante en el bidón podrá estar a una altura superior a 3 metros
durante toda la operación.
- El número máximo de mecánicos autorizados para realizar el repostaje será de dos (2).
Estos mecánicos deberán ir debidamente identificados con el peto identificativo que entregue la R.F.E. de A. de acuerdo con la normativa dictada al respecto.
Asimismo deberán llevar obligatoriamente mono, sotocasco y guantes ignífugos. Una vez realizado el repostaje, alejar del vehículo los bidones de combustible y colocarlos en lugar seguro.
- Si finalizada la operación de repostaje un vehículo no pudiera arrancar, podrá ser empujado y una vez fuera de la zona de repostaje el piloto o copiloto podrán ponerlo en marcha con la ayuda de una batería exterior, la cual no podrá ser transportada en el vehículo.
26.4.3. Se autoriza también efectuar el repostaje en las Estaciones de Servicio, ubicadas en el recorrido del Rallye, que estén indicadas en el libro de ruta (Road-Book).
26.4.4. En estas Estaciones de Servicio, sólo está autorizado repostar directamente de los surtidores comerciales en las siguientes condiciones:
La única operación autorizada es el repostaje de combustible.
El repostaje se ha de realizar sin ninguna ayuda exterior, a excepción de los empleados de la propia Estación de Servicio.
26.4.5. El Organizador deberá prever, si es necesario, un suplemento de tiempo en los sectores de enlace a los que pertenezcan las Estaciones de Servicio autorizadas.
26.4.6. El Organizador deberá nombrar Oficiales para verificar el cumplimiento de las normas de estos repostajes suplementarios.